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Suplantación de identidad: Ley N.° 30096, Ley de Delitos Informáticos

Escrito por: Jaime Salomón Huamacto Albites Lunes, 28 de Agosto del 2023

SUPLANTACIÓN DE IDENTIDAD (Art. 9 Ley N.º 30096 – Ley de delitos informáticos)

La ley de delitos informáticos sanciona desde tres años hasta cinco años de pena privativa de la libertad, al que, mediante las tecnologías de la información o de la comunicación suplanta la identidad de una persona natural o jurídica, siempre que de dicha conducta resulte algún perjuicio, material o moral.

La informalidad en nuestro país, sumado a las facilidades de obtener información de una persona, hacen que la obtención de líneas telefónicas a nombre de terceras personas con solo unos cuantos datos personales, sea una realidad.

¿CÓMO SABER SI HAN CREADO LÍNEAS TELEFÓNICAS A MI NOMBRE?

Con la finalidad de evitar estafas telefónicas o vía aplicativos como WhatsApp haciéndose pasar por terceras personas, OSIPTEL ha puesto a disposición de todos los ciudadanos el portal https://checatuslineas.osiptel.gob.pe/.

Paso 1. Selecciona tu documento de identidad.

Paso 2. Digita el número de DNI y presiona el botón consultar

Paso 3. Observa el resultad y confirma que líneas reconoces.

Finalmente, comunícate con las centrales telefónicas para requerir la anulación de estas y reporta este suceso ante las autoridades correspondientes.


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