El día jueves 06/03/2025, el Pleno del Congreso de la República, con 86 votos a favor, 6 en contra y ninguna abstención, aprobó la restitución de la detención preliminar en casos de no flagrancia ¿Cuáles son sus efectos? Aprende más sobre el Proyecto de Ley que lo respalda N° 9760/2024-CR!
Este proyecto tenía como finalidad restituir el literal a) del numeral 1 del Artículo 261 del NCPP, Decreto Legislativo 957, con la intención de que los jueces, a través de una resolución motivada, puedan ordenar la detención preliminar en casos de gravedad, por ejemplo, en caso existiera riesgo de fuga o de obstrucción de la investigación. De acuerdo al Proyecto de Ley, la derogación de esta medida habría ocasionado notables perjuicios y disminuciones en la capacidad del sistema judicial para enfrentar delitos graves y complejos, ralentizando la continua lucha contra el crimen organizado, la corrupción y el narcotráfico. En ese sentido, la derogación aprobada habría facilitado la delincuencia, ya que, en pocas palabras, impide que el juez dicte la detención preliminar cuando no hay flagrancia, respaldando la solicitud del fiscal; lo que contribuye al aumento de la delincuencia. Además, también limita las herramientas de la PNP para detener a sospechosos, antes de que sean procesados.
Ocurre cuando una persona es descubierta mientras comete el hecho delictivo o acaba de cometerlo, entre sus principales características están necesidad urgente, la inmediatez temporal y la inmediatez personal. Asimismo, esta figura se divide en 3 tipos: (i) flagrancia estricta o propiamente dicha, en la cual, la persona es sorprendida y detenida en el momento de ejecutar el hecho delictivo; (ii) cuasi flagrancia, donde la persona es capturada después de ejecutado el hecho delictivo, esto significa que no se le ha perdido de vista y que, además, ha sido perseguida desde la realización del delito y (iii) flagrancia presunta, en la cual, la persona es intervenida por la existencia de datos que permiten intuir su intervención en el hecho delictivo.
Actúa como medida excepcional, con la finalidad de salvaguardar que una persona que está siendo investigada por un delito se encuentre a disposición de las autoridades, todo ello durante la ejecución de las primeras diligencias de investigación. En ese sentido, la detención preliminar judicial debe cumplir con dos objetivos: (i) asegurar la presencia del imputado y (ii) asegurar el correcto desarrollo de los actos de investigación en la etapa preliminar.
La restitución de la detención preliminar en casos de no flagrancia representa un paso importante para fortalecer la capacidad del sistema judicial en la lucha contra delitos graves como el crimen organizado, la corrupción y el narcotráfico. Esta medida busca equilibrar la necesidad de una respuesta urgente y efectiva frente a ciertos delitos, aún en ausencia de flagrancia, permitiendo que los jueces puedan ordenar la detención preventiva cuando existan riesgos de fuga o de obstrucción de la investigación. Es así que, la restitución refuerza el acceso a la justicia, la protección de la investigación y asegura que las autoridades puedan actuar de manera efectiva cuando haya indicios de culpabilidad.
Centro de Noticias del Congreso. (2025, 06 de marzo). Por mayoría aprobó dictamen de insistencia Congreso restituye la detención preliminar en casos de no flagrancia.
https://comunicaciones.congreso.gob.pe/noticias/congreso-restituye-la-detencion-preliminar-en-casos-de-no-flagrancia-2/
Congreso de la República. (2024, 13 de diciembre). Proyecto de Ley N° 9760/2024-CR.
https://comunicaciones.congreso.gob.pe/noticias/congreso-restituye-la-detencion-preliminar-en-casos-de-no-flagrancia-2/
Loza, G. (s.f.). El necesario retorno de la detención preliminar en casos de no flagrancia. Repositorio Universidad Inca Garcilaso de la Vega.
https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/02/El-necesario-retorno-de-la-detencion-preliminar-en-casos-de-no-flagrancia-LPDerecho.pdf
Portal Congreso de la Republica. (2024, 13 de diciembre). Maricarmen Alva presenta proyecto de ley para restituir la detención preliminar sin flagranciaega. Recuperado el 05 de febrero del 2025, de
https://comunicaciones.congreso.gob.pe/damos-cuenta/maricarmen-alva-presenta-proyecto-de-ley-para-restituir-la-detencion-preliminar-sin-flagrancia/
Espinoza, S. (2025, 05 de febrero). Comisión de Justicia aprueba por insistencia la restitución de la detención preliminar en casos de no flagrancia. Diario RPP. Recuperado el 05 de febrero del 2025, de
https://rpp.pe/politica/congreso/comision-de-justicia-aprueba-por-insistencia-la-restitucion-de-la-detencion-preliminar-noticia-1614287?ref=rpp
Moreno, J. (2022, 25 de enero). Jefferson Moreno explica los tipos de flagrancia. LP Pasión por el Derecho. Recuperado el 17 de febrero del 2025, de
https://lpderecho.pe/jefferson-moreno-explica-tipos-flagrancia/