Valeria Mabel Huarachi Vasquez
¿Sabes en qué consiste el nuevo delito incorporado por la Ley 32336?
“Artículo 129-Q. Captación de menores de edad para la comisión de delitos
El que, mediante violencia, amenaza u otras formas de coacción, abuso de poder o de situación de vulnerabilidad capte e induzca o instigue persuadiendo a un menor de edad para la comisión de delitos será reprimido con pena privativa de libertad no menor de ocho ni mayor de doce años.
La pena será no menor de doce ni mayor de veinticinco años si el delito cometido o intentado tiene como objetivo actos de sicariato, robo agravado, tráfico ilícito de drogas o lo integra a una organización criminal.
Si el agente se vale de su posición, cargo o vínculo familiar que le otorgue particular autoridad sobre el menor de edad, la pena será de cadena perpetua”.
El objetivo de este delito está enfocado en sancionar la explotación de menores de edad para fines criminales, dirigido a quienes captan e inducen a la comisión de delitos, mediante diversas formas de abuso de poder, violencia y coacción.
En ese sentido, esta incorporación surge como un medio de protección para los menores, ante el incremento de la criminalidad juvenil en el Perú, especialmente en delitos graves como sicariato, robo agravado y narcotráfico; buscando reforzar la responsabilidad del estado.
Aunque este comportamiento no sea una ejecución directa del delito, la inducción es una forma de participación, ya que persuade a alguien a realizar la conducta ilícita. Es diferente de la autoría mediata; toda vez que, en la inducción, el menor inducido despliega la conducta libremente, el instigador no ejecuta el delito, sin embargo, es primordial en la decisión de la otra persona para cometerlo.
Este delito tipifica la participación con menores e impide que los menores que hayan sido captados o que se encuentren al interior de una organización criminal de manera previa a la entrada en vigencia de la Ley 32336, queden fuera de su ámbito de aplicación para los delitos cometidos de manera posterior. Por un lado, congresistas como Alex Paredes, Susel Paredes, Roberto Chiabra, Guillermo Bermejo, Rosangella Barbaran y Esdras Medina1 señalaron que la propuesta es necesaria ante el crecimiento de la problemática de la delincuencia juvenil en el Perú. Por otro lado, parte de la doctrina ha criticado este delito por tener una fórmula con enfoque populista punitiva.