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El Método Widmark

Escrito por: Stefanía Alejandra Farfán Caqui Martes, 08 de Abril del 2025

  1. Título en pregunta
  2. ¿Conoces el concepto y utilidad de método Widmark?¿Sabes en qué tipo de delitos es necesaria su aplicación? ¿Cuáles son las variables que se deben tener en cuenta al aplicar el método Widmark para calcular el BAC (concentración de alcohol en sangre)?

  3. Concepto
  4. El método Widmark es una teoría científica matemática, desarrollada por Erik Widmarks en 1922, que sirve para determinar el grado de alcoholemia; es decir, el contenido de alcohol en la sangre de una persona en función de ciertos factores, como la cantidad de alcohol consumido, peso o género. Todo ello será de ayuda para verificar la imputabilidad del acusado. En cuanto a los delitos que exigen su aplicabilidad, se encuentran todos los tipos penales cometidos bajo la influencia del alcohol, donde se analiza si el estado de ebriedad afectó la capacidad de una persona para comprender sus acciones, pudiendo ser (i) delito de tráfico, (ii) violación sexual, (iii) homicidio, (iv) conducción en estado de ebriedad, entre otros.

  5. Jurisprudencia y base legal
  6. La validez científica de este método es inobjetable y aceptada por la Corte Suprema en reiterada jurisprudencia (Casación N.°2064-2019/Huancavelica del 24/11/2021 FJ 3 p 4, RN N.°1377-2014/Lima del 09/07/2015 FJ 2.3 y 3.7 p 3, 5 y 6, RN N.°840-2018/Lima del 31/05/2019 FJ 7 p 5, RN N.°1158-2021/Lima Norte del 28/06/2022 FJ 12 p 7), las cuales han establecido como regla jurisprudencial que la eliminación del alcohol (etanol) en el cuerpo humano se da a un ritmo de 0,15 g/l de sangre por hora.

    Por lo que, para la determinación cuantitativa retrospectiva de concentración de alcohol en la sangre, se emplea el siguiente método:

    Método Widmark: Co = Cr + β x T

    Donde:

    • Co = Concentración de alcohol en sangre en el momento del hecho judicial.
    • Cr = Alcoholemia en el momento de la toma de la muestra.
    • β = Coeficiente de etiloxidación (0,15 g/l por hora – 0,0025 g/l por minuto).
    • T = Tiempo transcurrido entre el momento del hecho judicial y el momento de la toma de muestra.

    Ahora bien, el resultado proveniente de esta operación, se deberá situar en la tabla de alcoholemia, encontrada en la Ley 27753, a fin de determinar el grado de alcohol en la sangre y así verificar la imputabilidad del acusado:

    Primer período: 0,1 a 0,5 g/l. Subclínico, no existen síntomas o signos clínicos, pero las pruebas psicométricas muestran una prolongación en los tiempos de respuesta al estímulo y posibilidad de accidentes. No tiene relevancia administrativa ni penal.
    Segundo período: 0,5 a 1,5 g/l. Ebriedad, euforia, verborragia y excitación, pero con disminución de la atención y pérdida de la eficiencia en actos más o menos complejos y dificultad en mantener la postura. Aquí está muy aumentada la posibilidad de accidentes de tránsito, por disminución de los reflejos y el campo visual.
    Tercer período: 1,5 a 2,5 g/l. Ebriedad absoluta, excitación, confusión, agresividad, alteraciones de la percepción y pérdida de control.
    Cuarto período: 2,5 a 3,5 g/l. Grave alteración de la conciencia, estupor, coma apatía, falta de respuesta a los estímulos, marcada descoordinación muscular, relajación de los esfínteres.
    Quinto período: niveles mayores de 3,5 g/l. Coma, hay riesgo de muerte por el coma y el paro respiratorio con afección neumonológica, bradicardia con vaso dilatación periférica y afección intestinal.

  • Referencias bibliográficas
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