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Estado de emergencia en Perú: derechos y deberes de los ciudadanos en este contexto

Escrito por: Miguel Angel Porras Medina Viernes, 07 de Noviembre del 2025

Carolina Lia Navarro Llallico

El Decreto Supremo N° 124-2025-PCM declara el Estado de Emergencia en Lima Metropolitana y en la Provincia Constitucional del Callao, con el objetivo de combatir la criminalidad.

A continuación, se presenta un resumen de los puntos más importantes de esta norma:

  1. Control del orden interno y duración de la medida
    • Control: La Policía Nacional del Perú (PNP) mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas (FF. AA.).
    • Vigencia: El estado de emergencia tiene una duración de 30 días calendario.

  2. Suspensión de Derechos Constitucionales
  3. Durante el Estado de Emergencia, se restringe o suspende el ejercicio de cuatro derechos constitucionales fundamentales, amparados en la Constitución Política del Perú:

    1. Libertad y seguridad personales
    2. Inviolabilidad de domicilio
    3. Libertad de reunión
    4. Libertad de tránsito en el territorio

  4. Medidas Operativas y Control Clave
  5. El decreto implementa diversas acciones para el control territorial y la seguridad ciudadana:

    • Prohibición de Dos Adultos en Moto: Se prohíbe el tránsito de dos personas adultas en vehículos menores motorizados de la categoría vehicular L3 (motos lineales), buscando reducir delitos como el sicariato y la extorsión.
    • Control Territorial Focalizado: Las “fuerzas combinadas” (PNP, FF. AA. y serenazgo municipal) ejecutarán:
      • Control territorial focalizado en zonas críticas.
      • Patrullajes a pie y en zonas críticas (paraderos, estaciones del metro, etc.).
      • Operativos de control de identidad a requisitoriados, en vehículos y a extranjeros con situación migratoria irregular.
      • Operativos de control de identidad en inmuebles, que pueden incluir el descerraje si es necesario, basados en informes de inteligencia.
    • Fiscalización y Pirotécnicos:
      • Se realizarán operativos de fiscalización en zonas donde se halla identificado trata de personas, comercialización ilegal de drogas, mercado ilegal de armas. Asimismo, en puntos de venta informal de chips telefónicos y equipos celulares de dudosa procedencia.
      • Control y fiscalización de la fabricación y uso ilegal de productos pirotécnicos (clases 2 y 3).

  6. Medidas a Nivel Penitenciario
    • Restricción de Visitas en Penales: Se restringen las visitas a internos del régimen cerrado ordinario (una visita semanal) y del régimen cerrado especial (una visita quincenal).
    • Pruebas de Confiabilidad: El Sistema de Inteligencia Nacional realizará pruebas de polígrafo al personal del Instituto Nacional Penitenciario (INPE) y a otros funcionarios del sistema de seguridad ciudadana, como parte de un proceso de evaluación de confiabilidad.

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