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La propuesta de OECE que puede voltear el tablero del arbitraje institucional en el Perú

Escrito por: Joaquin Alejandro Mendocilla Segura Jueves, 11 de Junio del 2026

Recientemente se ha venido discutiendo en el ámbito arbitral respecto de una propuesta normativa de la Dirección Técnica Normativa de OECE para que en un plazo de tres (3) meses los centros de arbitraje se constituyan obligatoriamente como Personas Jurídicas con fines de lucro reguladas por nuestra Ley General de Sociedades (Ley N° 26887).

Es decir, de hacerse realidad dicha propuesta en el futuro los Centros de Arbitraje deberían constituirse bajo las formas societarias de la LGS, ya sean S.A.C., S.A., S.A.A., S.R.L., entre otras alternativas. Sin embargo, lo que a primera vista parecería una alternativa coherente en atención al surgimiento de cada vez más centros de resolución de conflictos que brinden el arbitraje como alternativa; resulta en realidad una afectación directa a los centros de arbitraje ya existentes cuya funcionalidad es incompatible con una exigencia normativa de constituirse como sociedad.

Es innegable que los centros más representativos y con mayores estándares y reconocimientos son precisamente centros de arbitraje correspondientes a personas jurídicas sin fines de lucro ya sean cámaras de comercio, universidades, o adscritos a organizaciones; situación que es similar en otros países como la Cámara de Comercio de Santiago en Chile o el CIAM de Madrid. Por lo tanto, esta medida estaría afectando directamente a la mayoría de los centros ya vigentes, volteando por completo el tablero de las instituciones arbitrales en el Perú.

En ese orden de ideas, queda claro que está propuesta vulnera derechos constitucionales como la libre asociación y no se ampara en normativa o una necesidad real. Es por ello por lo que corresponde preguntarse ¿cuál es la razón de dicho cambio? El sistema arbitral peruano es un modelo a seguir a nivel regional por lo que un cambio de tal magnitud no parece responder a una necesidad de mayor eficiencia o defectos del sistema.

A manera de conclusión de este breve comentario, y quedando pendiente el devenir de dicha propuesta, toca recordar que todo cambio siempre debe ser para mejorar, mas aun si el objeto de este recae sobre forma de obtener justicia como el arbitraje que en el Perú es la vía para nuestras controversias en Contrataciones con el Estado. Esperemos que esto no busque volver a épocas de antaño donde se cuestionaba la transparencia del arbitraje.

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