Carolina Lia Navarro Llallico
El presente artículo desarrolla el concepto y características de los cuatro regímenes tributarios existentes en Perú, que son: el régimen general de renta, el régimen MYPE tributario, el régimen especial de impuesto a la renta y el nuevo régimen único simplificado.
Decreto Supremo N° 179-2004-EF. (2004). Aprueban el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta. Presidencia de la República.
Decreto Supremo N° 133-2013-EF. (2013). Texto Único Ordenado del Código Tributario. Presidencia de la República.
Una persona natural o jurídica que sea propietaria de un negocio o esté por comenzar uno, está obligada a registrarse en una de las categorías de los regímenes tributarios establecidos por la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT).
El régimen tributario define la forma en que deberán pagarse los impuestos y la cuantía de estos pagos. La elección de un régimen u otro dependerá del tipo y tamaño del negocio.
Este régimen está dirigido a las medianas y grandes empresas (personales naturales con negocio o personas jurídicas) que generan rentas de tercera categoría. En este régimen no hay límite de ingresos.
El beneficio que da este régimen tributario es que permite operar el negocio en cualquier tipo de actividad y sin ninguna restricción en el monto de los ingresos. Adicionalmente, si la empresa registra pérdidas económicas en un año, estas pueden ser deducidas de las ganancias de los años siguientes, lo que potencialmente podría resultar en la exención del pago del impuesto a la renta anual.
En el régimen general se realizan declaraciones mensuales, en las que se determina el pago de dos impuestos:
También se realiza una Declaración Jurada anual, que permite restar de los ingresos, los gastos propios del negocio. Como resultado, el impuesto del 29.5 % se calcula sobre la utilidad final del año, deduciéndose de este monto total los pagos mensuales de impuesto a la renta ya realizados. La declaración del impuesto mensual se efectúa siguiendo un calendario de vencimientos.
Es un régimen tributario especial creado para las micro y pequeñas empresas con el objetivo de promover su crecimiento. El Régimen MYPE Tributario exige condiciones más simples para cumplir con sus obligaciones tributarias.
Este régimen ofrece varios beneficios, entre los que destacan: tributos a pagar de acuerdo a la ganancia obtenida, emitir cualquier tipo de comprobante de pago según la actividad, llevar libros contables en función de los ingresos de la empresa.
Se encuentran excluidos del Régimen MYPE Tributario los siguientes:
Es obligatorio declarar el periodo de inicio de actividades dentro de la fecha de vencimiento. Este régimen requiere realizar declaraciones de forma mensual, y adicionalmente, se debe presentar la declaración de regularización anual.
En las declaraciones mensuales, se determina el pago de dos impuestos:
En este régimen tributario se encuentran las personas con negocio y personas jurídicas que obtengan rentas provenientes de actividades de comercio o industria, y actividades de servicios.
En este régimen solo se lleva dos registros contables (compras y ventas), emiten todo tipo de comprobantes de pago, solo deben presentar declaraciones mensuales y están exentos de la obligación de presentar declaraciones anuales.
Hay restricciones en este régimen, tales como:
Tampoco pueden realizar actividades que no están comprendidas en el régimen especial de impuesto a la renta, que son: construcción, transporte de carga de mercancía, transporte terrestre nacional e internacional de pasajeros, organizar cualquier tipo de espectáculo público, negocio de casinos, tragamonedas u otros de naturaleza similar, venta de inmuebles, actividades de contabilidad, entre otros.
Al realizar las declaraciones mensuales, se determinará el pago de 2 impuestos:
Un requisito para pertenecer a este régimen de forma permanente, el contribuyente debe cumplir con la declaración y pago del periodo de inicio de actividades antes de la fecha de vencimiento, establecida en el cronograma de obligaciones mensuales para evitar multas o sanciones.
Una persona natural que va a iniciar un pequeño negocio como bodega, puesto de mercado, zapatería, bazar, restaurante, juguería, peluquería u otros y solo emitirá boletas de venta, puede acogerse al nuevo régimen único simplificado (nuevo RUS).
Una persona no se puede acoger al nuevo RUS si sus ingresos o compras superan el monto de S/ 8,000.00 al mes o S/ 96,000.00 al año.
Además, es importante que la persona al hacer sus compras exija la emisión de una factura, salvo que compre a otras personas que también están en el nuevo RUS. En el régimen del nuevo RUS:
Las restricciones de este régimen son:
Existen cuatro regímenes tributarios en Perú: el régimen general de renta, el régimen MYPE tributario, el régimen especial de impuesto a la renta y el nuevo régimen único simplificado (nuevo RUS).
La elección del régimen tributario depende del tipo y nivel de ingresos del negocio.
El régimen general de renta no tiene límite de ingresos y está dirigido a medianas y grandes empresas.
El régimen MYPE tributario está diseñado para micro y pequeñas empresas con el fin de promover su crecimiento, ofreciendo condiciones más simples y tasas de impuesto a la renta más bajas para ganancias de hasta 15 UIT.
El régimen especial de impuesto a la renta está dirigido a personas con negocio y personas jurídicas de comercio, industria y servicios, con restricciones en ingresos o compras anuales (máx. S/ 525,000.00) y número de trabajadores (máx. 10 por turno).
El nuevo régimen único simplificado (nuevo RUS) está destinado a personas naturales con pequeños negocios (como bodegas, bazares) que solo emiten boletas de venta, con límites bajos de ingresos o compras (máx. S/ 8,000.00 mensuales) y un pago único mensual.
Cada régimen establece la forma y nivel de pago de impuestos, con diferencias en las obligaciones, como la presentación de declaraciones anuales y el tipo de libros contables a llevar.