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Prevención ante la violación de secretos empresariales

Escrito por: Luis Felipe Valera Chavez Jueves, 20 de Febrero del 2025

¿Tu empresa cuenta con un activo valioso que deba ser protegido? ¿Sabías que el espionaje interno puede ser mucho más peligroso que las amenazas externas?

  1. Decreto Legislativo N° 1044 Ley de Represión de la Competencia Desleal
  2. Ante el peligro de sufrir conductas desleales como espionaje o divulgación de secretos empresariales por parte de terceros, es que se ha previsto en el artículo 13 de la citada ley, los siguientes supuestos. Por un lado, la difusión y explotación de información confidencial a la cual se tuvo acceso de manera legítima con deber de reserva, es decir, información de índole secreta que se obtuvo atendiendo a un deber especial que genera la obligación de actuar con prudencia en el manejo de este tipo de información; o, por el contrario, obtenida ilegítimamente. Por otro lado, la adquisición de esta información por medio del espionaje, inducción a incumplimiento del deber de reserva o, en todo caso, algún procedimiento similar. Todos estos efectos producidos por los actos referidos, pueden alterar la posición de mercado de una empresa, pues expone o pierde aquellos que la hacía distinto a los otros, ya sea en términos de eficiencia o prácticas empresariales.

  3. Secreto empresarial
  4. El secreto empresarial es todo conocimiento que otorga a la empresa una ventaja competitiva, lo que le permite distinguirse y sobresalir en el mercado, por ejemplo, información de procesos de fabricación, datos de pruebas farmacéuticas, diseño de programas informáticos, entre otros. Ahora bien, el artículo 40 de la ley a la que hacemos referencia establece tres requisitos para identificar a un secreto profesional. Primero, deberá ser un conocimiento de carácter privado sobre un objeto determinado; segundo, deberá ser exclusivo, es decir, que las personas con acceso al secreto profesional posean voluntad e interés consciente de mantenerlo reservado, lo que permitirá mantener la confidencialidad de la información; y, tercero que la información tenga un valor comercial, efectivo o potencial.

  5. Jurisprudencia
  6. Caso: Asociación de Consumidores Indignados Perú vs Uber Perú S.A. & Uber B.V. De acuerdo a la Sala de Defensa de la Competencia (Indecopi), la autoridad también podrá declarar la confidencialidad de un documento en caso la información cumpla con los requisitos para ser calificada como secreto industrial, en la medida de que se encuentre referido a conocimientos tecnológicos vinculados con procedimientos de fabricación o producción en general, así como al empleo y aplicación de técnicas industriales, que permitan a la empresa titular obtener o mantener una ventaja competitiva o económica frente a terceros (fundamento 26).

  7. Prevención
  8. La violación de secretos empresariales puede generar múltiples consecuencias perjudiciales en las empresas, por lo que, es fundamental proteger los activos valiosos, empleando diversas formas de prevención, tales como: (i) establecer acuerdos de confidencialidad o contratos con clausulas de este tipo; (ii) firmar acuerdos de no divulgación con los asociados comerciales; (iii) tomar medidas técnicas, programas y encripción que garanticen la seguridad tecnológica; entre otros, dependiendo tambien de la naturaleza comercial del secreto.


  9. Referencias bibliográficas

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